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Reglamento Interno Vecinal

Reglamento de Normas de Convivencia

Reglas destinadas a preservar la paz residencial, salubridad, respeto entre vecinos y cuidado del entorno ribereño.

📝 Resumen de la Mesa sobre Convivencia

Anotaciones generales sobre horarios de descanso, alquiler temporal (Airbnb), mascotas o uso de piscinas.

Sección 1 — Objetivo

El presente reglamento tiene por objeto asegurar un estilo de vida apacible, seguro, higiénico y ecológicamente responsable en el Condominio La Iluminada, garantizando el bienestar de todas las familias residentes y la preservación del valor patrimonial del conjunto.

Sección 2 — Principios Fundamentales

Toda persona residente, inquilino, visitante o prestador de servicios deberá ajustar su conducta a los siguientes preceptos:

  • Respeto al descanso ajeno: La tranquilidad de los vecinos prevalece sobre intereses lúdicos o celebraciones ruidosas particulares.
  • Preservación de la naturaleza: Compromiso activo con la no contaminación de suelos, cursos de agua y aire.
  • Seguridad colectiva: Colaboración activa con los sistemas de control de acceso e identificación vehicular.
  • Uso exclusivo residencial: Se prohíbe el uso de los lotes para actividades comerciales abiertas al público masivo o industriales contaminantes.

Sección 3 — Limpieza, Residuos y Salubridad

Queda terminantemente prohibido arrojar o depositar ramas, escombros o residuos domésticos en calles internas, veredas, senderos, plazas, cursos de agua o lotes vecinos baldíos.

Los residuos deberán disponerse exclusivamente en recipientes herméticos y clasificados conforme al Sistema Ambiental (Reciclables secos vs. Orgánicos). La administración fijará los días y horarios exactos de recolección interna.

Sección 4 — Protección Ambiental y Arbolado

Los residentes deberán evitar cualquier acción que degrade el ecosistema ribereño. Queda expresamente prohibida la tala, poda mutilante o remoción de árboles nativos sin autorización previa de la Comisión Administradora y el dictamen técnico ambiental correspondiente.

Se prohíbe el lavado de vehículos o maquinaria en la vía pública o sobre áreas absorbentes comunes utilizando productos químicos agresivos.

Sección 5 — Ruidos Molestos y Horarios de Descanso

Se evitarán ruidos que perturben la tranquilidad habitual del vecindario. Se establecen los siguientes horarios de descanso riguroso:

  • Lunes a Viernes: Descanso obligatorio de 22:00 a 07:00 hs del día siguiente.
  • Sábados, Domingos y Feriados: Descanso obligatorio de 23:00 a 09:00 hs y siesta de 13:30 a 15:30 hs.
  • Obras y reparaciones ruidosas: Autorizadas únicamente de Lunes a Viernes de 07:30 a 17:30 hs, y Sábados de 08:00 a 12:30 hs. Prohibido domingos y feriados.

Sección 6 — Tenencia Responsable de Mascotas

Los propietarios son civilmente responsables por los animales domésticos que alberguen en su predio:

  • Las mascotas solo podrán circular por calles y senderos comunes provistas de collar, correa y conducidas por una persona responsable.
  • Es obligación ineludible del tenedor recoger de forma inmediata las deposiciones fecales de su mascota.
  • Se prohíbe la permanencia de animales sueltos en la vía pública y el ingreso de mascotas a la zona de piscinas y solárium.
  • Raza de manejo especial o potencial peligroso requerirán bozal reglamentario y registro explícito en portería.

Sección 7 — Uso de Espacios Comunes, Club House y Piscinas

Los espacios comunes (Club House, mirador ribereño, piscinas y plazas) pertenecen a la comunidad y deberán utilizarse preservando el mobiliario y la vegetación:

  • Club House: Podrá reservarse para eventos privados familiares mediante solicitud previa a la administración, pago del canon de limpieza y depósito de garantía.
  • Piscinas: Exclusivas para residentes e invitados registrados. Horario de funcionamiento de 08:00 a 22:00 hs. Obligatorio ducharse antes de ingresar y respetar las normas higiénicas.
  • Mirador Ribereño: Espacio de contemplación y esparcimiento pasivo. Se prohíbe encender fogatas no autorizadas o dejar residuos plásticos.

Sección 8 — Tránsito Interno y Seguridad

La velocidad máxima será la que establezcan la señalización, el diseño vial aprobado y el reglamento de seguridad. Como criterio provisional de diseño se propone 30 km/h, sujeto a revisión técnica. Los peatones y ciclistas tendrán prioridad en los cruces y sendas señalizados.

Se prohíbe terminantemente conducir vehículos a menores de edad o a personas sin licencia habilitante, así como la circulación de cuatriciclos o motocross con escape libre.

Sección 9 — Régimen de Infracciones y Sanciones

Todo posible incumplimiento será tratado conforme al Reglamento de Infracciones, Sanciones, Descargos y Recursos. La medida aplicable dependerá de la gravedad, evidencia, daño, reincidencia y base legal o contractual vigente.

Las situaciones que impliquen riesgo actual, daño ambiental o posible hecho punible podrán generar medidas preventivas y comunicación a la autoridad competente, sin sustituir la investigación ni el derecho de defensa.